Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Que la Constitución y la ley no estén para ser cumplidas, sino para pretender que sean “modificadas” ha sido y es una constante de esta gestión del Ejecutivo porteño, como de otras anteriores. Los “representantes” actúan impunemente imponiendo un personalismo obsesivo y contrario al Estado de Derecho.
El Poder Ejecutivo porteño, debió haber iniciado un programa intensivo de difusión y formación publica relacionado con el proceso de descentralización. Nada hizo.
El Poder Ejecutivo porteño, debió remitir a la Legislatura un programa de transferencia de competencias y servicios. Nada hizo.
El Poder Ejecutivo porteño, debió adecuar la presentación de proyectos de ley, de concesiones y de uso o transferencia de servicios a lo establecido en la Ley 1777. Nada hizo.
Pero este obsesivo incumplimiento, por parte del Poder Ejecutivo porteño, que debió abstenerse de emitir o producir actos que signifiquen intromisión o menoscabo de las funciones de competencia exclusiva de las comunas o lesionen su participación en las competencias concurrentes, llega a tal punto que “inventa” un decreto N° 376/2011 “creando” las Unidades de Atención Ciudadana (UAC):
Que entre sus responsabilidades primarias se destaca la de "diseñar, organizar, implementar y controlar sistemas, mecanismos y modelos de gestión que optimicen la calidad de los servicios brindados por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los vecinos"; Que asimismo le compete "entender en la verificación, seguimiento, derivación y respuesta al vecino en la resolución de sus reclamos, denuncias, quejas y solicitudes";
Pero este obsesivo incumplimiento, por parte del Poder Ejecutivo porteño, que debió abstenerse de emitir o producir actos que signifiquen intromisión o menoscabo de las funciones de competencia exclusiva de las comunas o lesionen su participación en las competencias concurrentes, llega a tal punto que “inventa” un decreto N° 376/2011 “creando” las Unidades de Atención Ciudadana (UAC):
Que entre sus responsabilidades primarias se destaca la de "diseñar, organizar, implementar y controlar sistemas, mecanismos y modelos de gestión que optimicen la calidad de los servicios brindados por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los vecinos"; Que asimismo le compete "entender en la verificación, seguimiento, derivación y respuesta al vecino en la resolución de sus reclamos, denuncias, quejas y solicitudes";